Distribución
Internacional
The Daily
Dic8,2025

La Autoridad de Competencia de Turquía, Rekabet Kurumu, organismo gubernamental encargado de asegurar y proteger la libre competencia en los mercados de bienes y servicios turcos, previniendo prácticas anticompetitivas, ha fallado en contra de las factorías Med Yapim y Ay Yapim y de su reconocida distribuidora internacional turca, Madd (Med Yapım Ay Yapım Drama Distribution) Entertainment, creada por ambas en 2018.
Según cita textual del fallo, tras concluir una investigación "sobre las prácticas de Ay Yapim, Med Yapim y Madd Entertainment en la distribución internacional conjunto de programas de televisión y su conducta anticompetitiva en los mercados laborales, concluida mediante procedimientos de compromiso y conciliación (5.12.2025)", las compañías productoras se comprometieron a disolver Madd en un plazo de doce meses. Mientras se completa ese año, la empresa estará bajo la administración de directores no pertenecientes a las empresas.
EL PROCESO
El proceso de conciliación dio como resultado la imposición de multas administrativas por 75.790.035 libras turcas y 47.811.989 libras turcas a Ay Yapim y Med Yapim, respectivamente, por violar el artículo 4 de la Ley pertinente al compartir información competitivamente sensible sobre los salarios de los empleados.
Además, con respecto a las cuestiones competitivas derivadas de la distribución internacional conjunta de programas de televisión turcos producidos por las dos factorías a través de Madd, la Junta aceptó los compromisos estructurales y de comportamiento presentados por las partes, haciéndolos vinculantes. En ese marco, como parte de los compromisos presentados por las productoras y Madd, las empresas aceptaron disolver la distribuidora, por evaluarse como potencialmente constitutivo de un acuerdo anticompetitivo de conformidad con el artículo 4 de la Ley pertinente, y a no participar en ninguna otra actividad de distribución conjunta.
Además de este compromiso, hay otros:
- Al realizar sus propias actividades de distribución, Ay Yapim y Med Yapim distribuirán únicamente el contenido del cual ellas o la unidad económica a la que pertenecen posean los derechos; y en los casos en que no realicen sus propias actividades de distribución, asegurarán la distribución del contenido que produzcan a través de distribuidores independientes;
- Salvo las situaciones de estar dentro de la misma unidad económica, en donde Ay Yapim y Med Yapim realicen tanto actividades de producción como de distribución, no tendrán accionistas, gerentes o empleados conjuntos con otra empresa que realice actividades de producción y distribución en conjunto; ni poseerán instrumentos que proporcionen control conjunto;
- Ay Yapim y Med Yapim no celebrarán acuerdos de exclusividad con canales de televisión nacionales, actores, agencias/managers de casting o directores de casting, guionistas, directores o distribuidores independientes;
- En sus acuerdos de distribución internacional celebrados con compradores finales, incluidos, en particular, canales de televisión internacionales, las dos factorías no impondrán cláusulas de exclusividad que impidan a dichos compradores celebrar acuerdos con otros productores o distribuidores de Turquía;
- Las series y otros contenidos se ofrecerán a los clientes internacionales de forma abierta, transparente y desagregable, preservando la posibilidad de que cada contenido se venda individualmente.
"Los compromisos anteriormente mencionados se han hecho vinculantes por tiempo indefinido para las empresas afectadas y, en consecuencia, se ha dado por concluida la investigación relativa a la distribución conjunta de series de televisión", sentenció la autoridad Rekabet Kurumu.





